Normativa de Campings en Castilla y León

Normativa por la que se regula el acceso y ejercicio a la actividad de camping en la Comunidad autónoma de Castilla y León (España). Más información en Portal Tramita JCyL.

Desde el 19 de junio del 2017 existe una nueva nueva normativa autonómica que sustituye al anterior DECRETO 168/1996, de 27 de junio, de regulación de los campamentos de turismo, que pretende adaptar la regulación del sector turístico a su nueva realidad en Castilla y León:

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO – DECRETO 9/2017, de 15 de junio, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de Camping en la Comunidad de Castilla y León.

Para conseguir los objetivos descritos, el decreto por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de campings en la Comunidad de Castilla y León se estructura en cinco capítulos, con 53 artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

Entre las novedades del decreto destacamos la división de los campings en cinco categorías identificadas con estrellas; la prohibición de la acampada libre; el fomento y promoción de la actividad turística complementaria de las áreas de servicio y punto ecológico-sanitarios destinados al uso de autocaravanas y la posibilidad de que existan campings destinados al uso exclusivo de la acampada de las autocaravanas, debiendo cumplir, como mínimo, los requisitos de los establecimientos de una estrella.

En lo que se refiere a la capacidad del camping, se vincula a los m² de la parcela por persona en función de la categoría. El concepto de la parcelación se concreta en tres áreas de alojamiento:

  • Parcelas para tiendas de campaña/caravanas/autocaravanas
  • Parcelas para instalaciones de cabañas de madera, mobil-homes o bungalows
  • Zona zona sin parcelar